| Glosario de EconomÃa Mexicano |
Se pueden emitir acciones especiales de industria o trabajo, cuando asà lo estipulen las escrituras sociales de la empresa, a favor de aquellas personas que presten sus servicios a la sociedad. En estas acciones se hará constar que son intransferibles y además todas las normas respecto a la forma, valor y otras condiciones que les correspondan.
La utilidad a que dan derecho estas acciones, es adicional a la participación de utilidades que por ley les corresponde a los trabajadores.| Refresh the page | Add to favorites | Print version |
| < to main page | Top 10 | Feedback | ^ top of page |
© 1995-2006 David Carrero Fernandez-Baillo & Ferca network | Powered by Glossword 1.6.4 |